La incidencia de Kolijke en materia de política pública ambiental

Por:
LA INCIDENCIA DE KOLIJKE EN MATERIA DE POLÍTICA PÚBLICA, ASÍ COMO EN EL USO Y FORTALECIMIENTO DE OTROS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DEL TERRITORIO
 
Roberto de la Maza Hernández [1]
 
 
El 5 de junio de cada año se conmemora el Día Mundial del Medio Ambiente, establecido así por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para, entre otras cosas, promover la corresponsabilidad de todas las personas respecto a la conservación y mejora del ambiente de nuestro planeta. A efecto de asumir dichas responsabilidades, la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo reconoce que “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda” [2]. Asimismo, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) reconoce, como principio de la política ambiental, que tanto las autoridades como los particulares debemos asumir la responsabilidad de la protección del equilibrio ecológico. [3]
 
En Kolijke hemos asumido plenamente nuestra corresponsabilidad con la conservación, restauración y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad presente en la Barranca de Patla, ubicada en la Sierra Norte de Puebla, a través de la protección voluntaria y a perpetuidad de 26 hectáreas de nuestra propiedad, que adquirimos en el año de 1997, y que albergan diversos ecosistemas, como la selva lluviosa o el bosque mesófilo de montaña. Por ello, en 2005 obtuvimos de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) el certificado No. CONANP-17/2005, por el que dicha autoridad reconoce a nuestro predio como un Área Destinada Voluntariamente a la Conservación (ADVC). [4]
 
De manera paralela, los miembros de Kolijke han emprendido trabajos de investigación científica a través de los cuales se han monitoreado diferentes especies de flora y fauna silvestre, permitiendo identificar, entre otras, la presencia de 620 especies de mariposas diurnas o de 30 especies de aráceas dentro del predio, lo que representa el 30% y el 24% del total nacional, respectivamente. Asimismo, han impulsado acciones y proyectos de educación ambiental, organización comunitaria y producción agroecológica con las comunidades vecinas a nuestra reserva, ya que estamos convencidos que no es posible lograr la conservación a largo plazo sin la participación de las personas que habitan el territorio.
 
Sin embargo, la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de Kolijke también han detonado procesos de incidencia en materia de política pública, así como de uso y fortalecimiento de diversos instrumentos que buscan mejorar la gestión territorial.
 
Este es el caso del proceso de reformas y adiciones a la LGEEPA, en materia de fortalecimiento de la certificación voluntaria de predios, emprendido por la entonces Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca del Senado de la República (COMARNAP), junto con otros actores, de agosto de 2007 a mayo de 2008. Con base en la experiencia exitosa de iniciativas voluntarias como la de Kolijke, la comisión legislativa citada llegó a la conclusión de que la certificación voluntaria de predios se veía superada por la demanda social de dicho instrumento, sin que contara con un sustento legal sólido, lo que resultaba en perjuicio de los estímulos que les podían ser asignados y de la atención prestada por las autoridades de los diferentes órdenes de gobierno. [5]
 
Con la finalidad de adaptar el marco legal en la materia a la realidad y a las necesidades de la certificación voluntaria de predios, la COMARNAP se dio a la tarea de integrar un grupo de trabajo con el objeto de revisar las disposiciones aplicables de la LGEEPA, identificar sus fortalezas y debilidades y, a partir de su análisis, proponer reformas y adiciones que permitieran fortalecer al instrumento. Dicho grupo de trabajo quedó conformado por las comisiones de medio ambiente de ambas cámaras del Congreso de la Unión, funcionarios de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal (SEMARNAT), de la CONANP, del entonces Instituto Nacional de Ecología, de PRONATURA, A.C., del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas y de miembros de Kolijke.
Vista de la Barranca de Patla desde la estación biológica del ADVC Kolijke.
Fotografía de Ayamel Fernández.
Derivado de los trabajos de dicho grupo, en mayo de 2008 fueron publicadas las reformas a través de las cuales se sustituyó la figura de la certificación voluntaria de predios, por el reconocimiento de las ADVC como un tipo de área natural protegida de competencia federal. [6] Con ello, estas iniciativas de conservación voluntaria no sólo obtuvieron una mayor atención por parte de diferentes sectores, sino que también se sumaron formalmente a la superficie sujeta a un régimen especial de manejo [7] y, de esta forma, al cumplimiento de compromisos internacionales, como la meta 11 del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi. [8]
 
La mayoría no lo sabe, pero el entonces titular de la CONANP se oponía, en lo personal, a esta reforma, señalando que con ella íbamos a “oaxaquizar” el país, y que estas áreas protegidas voluntarias no le contaban al órgano desconcentrado que encabezaba.
 
Más de 10 años después ha quedado plenamente demostrado que dichas inquietudes eran injustificadas, y gracias a la figura de las ADVC a la fecha se encuentran certificadas más de 596 mil hectáreas de propiedad: (i) pública, como es el caso de las 960 hectáreas del “Parque Ecológico Jaguaroundi”, propiedad de Petróleos Mexicanos y ubicada en Coatzacoalcos, Veracruz; (ii) privada, como es el caso de las 26 hectáreas de Kolijke, ubicadas en la Sierra Norte de Puebla, y (iii) social, como es el caso de las 15 mil hectáreas del ADVC “El Cordón del Retén”, propiedad de la comunidad de “San Miguel Chimalapa”, ubicadas en Oaxaca. [9] Cabe destacar que el estado de Aguascalientes tiene, en total, 564,000 hectáreas, con lo cual es posible apreciar el impacto en superficie que actualmente tienen las ADVC certificadas por la CONANP.
 
Asimismo, existe consenso, tanto a nivel nacional como internacional, de que, para mejorar la conservación de la biodiversidad, es necesario echar mano a diferentes esquemas y modalidades para la consecución de dicho objetivo y, por ello: (i) la Ley General de Cambio Climático ordena a los tres órdenes de gobierno establecer nuevas áreas naturales protegidas, corredores biológicos y otras modalidades de conservación que faciliten el intercambio genético pero, sobre todo, que favorezcan la adaptación natural de la biodiversidad al cambio climático, [10] y (ii) la Meta 11 de las Metas de Aichi expresamente hace referencia a las “otras medidas de conservación eficaces basadas en áreas” (OMECs), entendidas como una “zona delimitada geográficamente que no sea un área protegida y que esté gobernada y gestionada de manera tal de lograr en forma sostenida resultados positivos y duraderos para la conservación de la diversidad biológica in situ, con funciones y servicios asociados de los ecosistemas y, donde proceda, valores culturales, espirituales, socioeconómicos y otros valores pertinentes a nivel local”. [11]
 
En consecuencia, tanto el constante incremento en superficie certificada como la diversidad de propietarios, demuestran el éxito de las ADVC como mecanismo participativo para el establecimiento y manejo eficaz de áreas naturales protegidas voluntarias. Asimismo, las ADVC permiten que los ciudadanos asumamos nuestra corresponsabilidad en materia ambiental, ya que a través de ellas podemos participar en el establecimiento y manejo de áreas naturales protegidas y, por lo tanto, en la conservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad.
Instalaciones del ADVC Kolijke.
Fotografía de Ayamel Fernández.
Pero para quienes formamos parte del equipo de Kolijke, el proceso de fortalecimiento de las ADVC no culminó con su reconocimiento como áreas naturales protegidas, y por ello hemos promovido y participado en la organización de los seminarios sobre conservación voluntaria de predios, junto con diversas comisiones legislativas de las dos cámaras del Congreso de la Unión, la CONANP, el Resources LegacyFund y la Agencia Francesa de Desarrollo; eventos que no solo han permitido a los propietarios de ADVC conocerse entre e intercambiar experiencias, sino además identificar necesidades de revisión del marco jurídico, como la de promover, a nivel estatal, la creación de figuras análogas a las ADVC, pero de competencia local, y crear incentivos para los propietarios que certifiquen sus predios como ADVC de competencia federal o bajo las figuras locales. [12]
 
Es de destacar que durante la inauguración del cuarto seminario sobre conservación voluntaria de predios: “Fortalecimiento de las Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación, a 10 años de ser Áreas Naturales Protegidas”, celebrado el 28 de febrero de 2019, la entonces titular de la SEMARNAT anunció el compromiso de promover la certificación de más de un millón de hectáreas de ADVC, adicionales al medio millón que ya se tenían, mediante la creación de incentivos. [13] Lamentablemente, aunque dicho compromiso se dio dentro de la actual Administración Pública Federal, el Gobierno de México no ha dado seguimiento al mismo.
 
Sin embargo, en Kolijke queremos continuar con las acciones que fueron identificadas en dichos eventos, por lo que, con el apoyo del Resources Legacy Fund:
 
1. Elaboramos un “Documento de política sobre instrumentos económicos federales que incentiven la conservación voluntaria de predios en México”, del cual derivaron propuestas de reformas a los artículos 198 y 198-A de la Ley Federal de Derechos, para que de los recursos recaudados: (i) por el uso o aprovechamiento de elementos naturales marinos e insulares del dominio público Federal dentro de las áreas naturales protegidas federales, derivado de actividades recreativas, turísticas y deportivas, y (ii) por el uso o aprovechamiento no extractivo de elementos naturales y escénicos dentro de áreas naturales protegidas federales terrestres, derivado de las actividades turísticas, deportivas y recreativas, el 10% sea destinado a compensar a los propietarios de predios que sean reconocidos como ADVC, beneficiando prioritariamente a los propietarios de predios sociales; esto es, a ejidos y comunidades. De esta forma, la CONANP contaría con un piso mínimo anual de recursos que le servirán para incentivar la conservación voluntaria de predios sociales que sean reconocidos como ADVC, a través de un programa de subsidios; [14]
 
2. Participamos en la elaboración de una guía para la certificación y manejo de ADVC, la cual tenía por objeto facilitar los procesos de certificación y manejo de dichas áreas, por parte de sus promoventes. [15] Sería oportuno que la CONANP actualice esta guía a su nuevo formato de solicitud para la certificación de predios como ADVC [16] , ya que por mismo dicho formato es insuficiente para guiar a los promoventes interesados en certificar sus predios y, de ninguna forma orienta sobre el manejo de los mismos una vez que obtienen el reconocimiento;
 
3. Apoyamos a la Secretaría de Desarrollo Sustentable en la elaboración del Reglamento de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa en Materia de Áreas Naturales Protegidas. [17] A diferencia del Reglamento de la LGEEPA en esta misma materia, este reglamento incorporó una excepción que establece que las actividades de prestación de servicios turísticos, las filmaciones, actividades de fotografía o la captura de imágenes o sonidos y las actividades comerciales, no requieren de la autorización previa a que se refiere el artículo 69, cuando pretendan llevarse a cabo dentro de un ADVC estatal. [18] De esta forma, se reconoce que a las ADVC no se les puede dar el mismo trato que a las áreas naturales protegidas establecidas mediante decreto, sobre todo, cuando se trata del desarrollo de actividades productivas emprendidas por los propietarios de los predios certificados. Sin embargo, el resto de supuestos de obras y actividades previstas en el artículo citado (como es el caso de obras y trabajos de exploración y explotación de minerales o sustancias no reservadas a la Federación) siguen requiriendo autorización previa para llevarse a cabo dentro de un ADVC, con lo cual se fortalece el régimen especial que protege a los predios certificados de este tipo de actividades extractivas, y
 
4. A finales del año pasado trabajamos con la Comisión de Energía, Medio Ambiente y Cambio Climático del Congreso del Estado de Sonora, para elaborar un borrador de iniciativa cuyo objeto consiste en fortalecer la figura estatal de las Áreas de Conservación, y crear instrumentos económicos de carácter fiscal, financiero y de mercado, para incentivar la certificación de predios como Áreas de Conservación de competencia estatal o como ADVC de competencia federal, así como para mantener el compromiso de conservación por parte de sus propietarios. La iniciativa en comento incluyó la adopción del “derecho real de conservación”, figura creada en la legislación chilena, [19] y que consiste en la facultad de los propietarios de predios de suscribir contratos constitutivos de dicho derecho con personas físicas o morales determinadas, con el propósito de garantizar la conservación de los mismos y, con ello, escalar el compromiso de conservación que adquieren.
Vista desde uno de los senderos en el núcleo del ADVC Kolijke. Fotografía de Ayamel Fernández.
Complementariamente, como integrante de Kolijke he participado tanto en eventos como en publicaciones internacionales, exponiendo los avances de las ADVC mexicanas, destacando las siguientes:
 
1. En 2021, con un estudio de caso sobre “México y la construcción de un modelo de gobernanza flexible, basado en la voluntad de los propietarios”, incluido dentro del “Informe Planeta Protegido 2020: Latinoamérica y El Caribe. Seguimiento del progreso hacia las metas globales para las áreas protegidas en Latinoamérica y el Caribe” [20] , elaborado por la Red Parques y la CONANP, entre otros;
 
2. En 2019: (i) con una ponencia sobre “Las ADVC en México” en el evento Meta 11: Cerrando Brechas al 2020, celebrado durante el III Congreso de Áreas Protegidas de Latinoamérica y el Caribe, organizado por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN)en Lima, Perú, y (ii) con un artículo y una ponencia sobre “Mecanismos participativos para el establecimiento y gobernanza de áreas protegidas; el caso de las ADVC en México”, en el XI Congreso de Áreas Protegidas, en La Habana, Cuba, [21] y
 
3. En 2018, con una conferencia sobre “Conservación voluntaria de predios en México”, en el XII Congreso Latinoamericano de Reservas Naturales Privadas, en Chachapoyas, Perú.
Todos estos ejemplos demuestran el creciente interés en conocer y, en su caso, adaptar y replicar el modelo de las ADVC mexicanas en otros países.
 
Finalmente, quiero destacar la participación de Kolijke en la promoción del uso de otro instrumento de gestión territorial. Este es el caso de los predios que integran “El Infierno”, también ubicados en la Sierra Norte de Puebla, con una superficie de 198 hectáreas, y que, a recomendación de miembros de Kolijke, fueron donados a la SEMARNAT por la empresa Autovía Necaxa-Tihuatlán S. A. de C.V., para cumplir una de las condicionantes de la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, a través de la cual autorizó la ejecución de la “Carretera México-Tuxpan, Tramo: Nuevo Necaxa-Tihuatlán, en el sub tramo km 140+243 al 178+500”. Dichos predios fueron destinados a la conservación perpetua, por lo que quedaron a cargo de la CONANP, ya que, por su ubicación, ayudan a la creación de un corredor biológico que facilita la conectividad ecológica con el Área de Protección de Recursos Naturales de la Cuenca Hidrográfica Río Necaxa. En nuestra opinión, el caso de “El Infierno” constituye un ejemplo exitoso del uso de condicionantes derivadas de la evaluación de impacto ambiental, para garantizar la conservación de la biodiversidad en espacios que así lo ameriten.
 
De esta forma, Kolijke no sólo contribuye con la conservación y el desarrollo sustentable en la Sierra Norte de Puebla, sino que, a través de su experiencia, también trasciende al ámbito de la política pública y al uso y fortalecimiento de diversos instrumentos de gestión del territorio. Con ello, favorece la diversificación de mecanismos encaminados a lograr la ordenación territorial, así como la participación efectiva de todos los sectores en el cumplimiento de dicho objetivo, lo que, en última instancia, coadyuva en la consecución del desarrollo sustentable.
 
NOTAS:
[1] Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, estudió un Master en Política y Gestión Ambiental en la Universidad Carlos III de Madrid. Se ha desempeñado como Secretario Técnico de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca de la Cámara de Senadores, y como Director General Adjunto de Bioenergéticos de la Secretaría de Energía. Actualmente es Director de Política y Gestión Ambiental de Vo.Bo. Asesores Integrales S.C., docente de la Universidad del Medio Ambiente, miembro del Centro Interdisciplinario de Biodiversidad y Ambiente, A.C., copropietario del ADVC Kolijke y asociado de Amigos de Kolijke, A.C.
[2] Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Disponible en: https://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm
[3] Fracción III del artículo 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
[4] Información disponible en:
[5] Cámara de Senadores. Memorias del proceso de reformas y adiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de fortalecimiento de la certificación voluntaria de predios; agosto de 2007 mayo de 2008. Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Senado de la República. México, 2008. p. 20.
[6] Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2008.
[7] De la Maza Hernández, Roberto y Borges Cornish, Juan Carlos. Instrumentos Voluntarios de Conservación del Ambiente. Cuaderno #5 de Trabajo. Instituto Belisario Domínguez. Senado de la República. México, 2011. p. 19.
[8] La meta 11 del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi establece que “Para 2020, al menos el 17 por ciento de las zonas terrestres y de aguas continentales y el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan por medio de sistemas de áreas protegidas administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos y bien conectados y otras medidas de conservación eficaces basadas en áreas, y están integradas en los paisajes terrestres y marinos más amplios”.
[9] Información disponible en:
[10] Fracción XXII del artículo 30 de la Ley General de Cambio Climático.
[11] Decisión 14/8, adoptada por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el 30 de noviembre de 2018, sobre el tema: Áreas protegidas y otras medidas eficaces de conservación basadas en áreas. Información disponible en: https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-14/cop-14-dec-08-es.pdf
[12] Informe del cuarto seminario sobre conservación voluntaria de predios: “Fortalecimiento de las Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación, a 10 años de ser Áreas Naturales Protegidas”, así como de la inauguración de la exposición fotográfica de las ADVC. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/332274656_Informe_del_cuarto_seminario_sobre_conservacion_voluntaria_de_predios_Fortalecimiento_de_las_Areas_Destinadas_Voluntariamente_a_la_Conservacion_a_10_anos_de_ser_Areas_Naturales_Protegidas_asi_como_de_/link/5cab462a299bf118c4bacf38/download
[14] De la Maza Hernández, Roberto y Rovalo Otero, Montserrat. Instrumentos Económicos de Naturaleza Fiscal para Incentivar la Conservación Voluntaria de Predios. Información disponible en: http://www.ceja.org.mx/DAyE/Editorial71/Instrum_Eco_Nat_Fiscal.pdf
[16] Formato solicitud para destinar Áreas Voluntariamente a la Conservación establecidas mediante certificado (CNANP-00-005-A). Información disponible en: https://www.gob.mx/tramites/ficha/destinar-tu-predio-a-actividades-de-conservacion/CNANP5143
[17] Publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” el 3 de noviembre de 2017.
[18] Último párrafo del artículo 69 del Reglamento de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa en Materia de Áreas Naturales Protegidas.
[19] La Ley Núm. 20.930 de Chile establece el Derecho Real de Conservación Medioambiental, el cual tiene por objeto establecer la facultad de conservar el patrimonio ambiental de un predio o de ciertos atributos o funciones de éste, se constituye en forma libre y voluntaria por su propietario, en beneficio de una persona natural o jurídica determinada. Información disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1091906
[20] Álvarez Malvido, M., Lázaro, C., De Lamo, X., Juffe-Bignoli, D., Cao, R., Bueno, P., Sofrony, C., Maretti, C. y Guerra, F. (Editores). (2021). Informe Planeta Protegido 2020: Latinoamérica y el Caribe. Ciudad de México, México; Cambridge UK; Gland, Switzerland; Bogotá, Colombia: RedParques, UNEP-WCMC, CMAP-UICN, WWF, CONANP y Proyecto IAPA. p. 95.
 
 
FUENTES BIBLIOGRÁFICAS CONSULTADAS
  • Álvarez Malvido, M., Lázaro, C., De Lamo, X., Juffe-Bignoli, D., Cao, R., Bueno, P., Sofrony, C., Maretti, C. y Guerra, F. (Editores). (2021). Informe Planeta Protegido 2020: Latinoamérica y el Caribe. Ciudad de México, México; Cambridge UK; Gland, Switzerland; Bogotá, Colombia: RedParques, UNEP-WCMC, CMAP-UICN, WWF, CONANP y Proyecto IAPA.
  • Decisión 14/8, adoptada por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el 30 de noviembre de 2018, sobre el tema: Áreas protegidas y otras medidas eficaces de conservación basadas en áreas.
  • Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
  • De la Maza Hernández, Roberto y Borges Cornish, Juan Carlos. Instrumentos Voluntarios de Conservación del Ambiente. Cuaderno #5 de Trabajo. Instituto Belisario Domínguez. Senado de la República. México, 2011.
  • De la Maza Hernández, Roberto y Rovalo Otero, Montserrat. Instrumentos Económicos de Naturaleza Fiscal para Incentivar la Conservación Voluntaria de Predios.
  • Informe del cuarto seminario sobre conservación voluntaria de predios: “Fortalecimiento de las Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación, a 10 años de ser Áreas Naturales Protegidas”, así como de la inauguración de la exposición fotográfica de las ADVC.
  • Ley General de Cambio Climático.
  • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
  • Ley Núm. 20.930 de Chile que establece el Derecho Real de Conservación Medioambiental.
  • Memorias del proceso de reformas y adiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de fortalecimiento de la certificación voluntaria de predios; agosto de 2007 mayo de 2008. Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Senado de la República. México, 2008.
  • Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi.
  • Reglamento de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa en Materia de Áreas Naturales Protegidas.